Poder General y/o Especial

Poder General y/o Especial

Un poder general o especial, es una autorización que realiza una persona en favor de otra para que actúe y comparezca en su nombre y representación en determinados trámites y negocios. De esta manera el poderdante (quien otorga el poder) ya no tiene que realizar por sí mismo dichas diligencias, sino que se las encarga al mandatario (quien recibe el poder).

El poder general o especial, está establecido por los Arts. 2020 y 2027 del Código Civil en vigencia, además del Art. 18, numeral 17 de la Ley Notarial.

  • Minuta elaborada y firmada por un abogado
  • Original y copia a color de cédula y papeleta de votación del Otorgante o Mandante y Mandatario 

Consulta con nuestros profesionales

Abogados especialistas listos para asistirle en sus trámites

Lic. Jaime Anchapaxi
0985174149
Abg. María Lorena Souza
0998855560
Abg. Santiago Bermudez
0983740349
Abg. Kleber Mayorga
0998868176
Andrea Idrovo
0995712080